Atención: nuevo valor para el COTI: $1.500.000
Si usted es propietario y tiene pensado vender una propiedad que supere el valor de $1.500.000.- deberá obtener en la AFIP el llamado COTI o código de oferta de transferencia de inmuebles. Para realizar el trámite es necesario contar con clave fiscal y el trámite se realiza en la AFIP. Una vez que tiene la clave fiscal podrá ingresar al sistema online de la AFIP ingresando el CUIL y la clave fiscal.
Los datos que se le solicitarán se encuentran en la escritura del inmueble en cuestión.
El COTI es un código de identificación, no es un impuesto.
LUCAS BERNARDI ayuda a sus clientes a gestionar el COTI, consúltenos o solicite tasación .
Principales obligaciones para cada uno de los sujetos involucrados en la venta de un inmueble
(Propietarios, Inmobiliarias y Escribanos): http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/RG2371NovedadITI.asp
Para obtener el COTI, necesita la clave fiscal. El COTI puede obtenerse vía internet (una vez que obtenga la clave fiscal) o llamando por teléfono al 0800-999-2347.
Cómo obtener la clave fiscal si aun no la tiene: http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/ ( para poder hacer trámites online deberá solicitar la clave en forma personal). Guía de solicitud de clave fiscal
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de buenos Aires tiene un documento en PDF que explica los datos que se le requerirán al titular del inmueble para obtener el COTI. Abrir Documento PDF con la información
Página Principal del ITI: Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
Cuando una persona vende un inmueble y es titular de más de una propiedad, debe abonar el impuesto a la transferencia de inmueble (ITI) que es el 1,5% del valor de venta. Si es su única vivienda y con el dinero de la venta tiene pensado comprar otro inmueble en el transcurso de un año, el vendedor puede tramitar en AFIP la execión del ITI o Certificado de no retención del ITI .
Enero 2018 -Información impositiva relevante – Impuesto de Sellos e Impuesto a las Ganancias
Guías de Trámites de Certificados de no retención del Impuesto a la trasferencia de Inmuebles.
Ante cualquier duda consulte con su abogado, contador o contacte a la AFIP:
AFIP datos de contacto: Tel: 0800-999-2347 Horarios de atención, de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas
Información sobre el VIR ( Resolución AGIP Nº 67/2010 VIR )
Nueva normativa a utilizar para definir el valor del inmueble a efectos de establecer el impuesto de sellos para una operación de compra-venta.